servoconsultores

Revisiones al cumplimiento de obligaciones fiscales

Hoy en día las Autoridades Fiscales llevan a cabo diversas acciones recaudatorias para revisar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, es decir, que la acciones logren que la empresa pague más allá de lo previamente declarado; existen diversos tipos de acciones como son: las invitaciones a la autocorrección, el requerimiento de información, las revisiones electrónicas y las auditorías a la contabilidad, que son acciones utilizadas para justificar un mayor cobro de impuestos.
La percepción de incumplimiento se detona generalmente por la información declarada y la interpretación sesgada que muchas veces la Autoridad Fiscal hace sobre la información; aunque existen disposiciones sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales, que indican como integrar las bases de tributación para el pago de impuesto, en ocasiones, la presentación errónea o la lectura inadecuada de la información declarada, incrementan las sospechas de la Autoridad Fiscal de un incumplimiento.
Dependiendo cada caso, en general recomendamos atender estas acciones considerando lo siguiente:

  1. Comparar la información utilizada por la Autoridad para determinar sus diferencias, contra la información contable y documentación comprobatoria de la empresa.
  2. Validar que la información declarada es correcta y se muestra adecuadamente en declaraciones, de acuerdo con las disposiciones fiscales.
  3. Estimar, en todo caso, el monto del adeudo fiscal a pagar aun y cuando no procedan las diferencias determinadas por la Autoridad Fiscal.
  4. Pronosticar alternativas de solución ante una posible controversia, en caso de que el monto de las diferencias a pagar sea representativo para la empresa, fijando una postura para resolver la situación.
  5. Presentar complementarias, en caso de que la empresa decida corregir algunos errores en la información declarada.
  6. Elaborar contestación manifestando los hechos y derechos legales de la empresa, sobre lo declarado y sus complementarias, aportando la evidencia documental que al caso corresponda.

Las anteriores recomendaciones son generales y deben ajustarse según la naturaleza de la situación, sin embargo, en caso de auditorías se recomienda la asistencia legal en la preparación de contestación y la aportación de pruebas a la Autoridad, ya que existe la posibilidad de no admitirse los argumentos y pruebas no aportados en el momento oportuno, así mismo, una inadecuada preparación de la contestación y pruebas, puede dejar espacios amplios para que la Autoridad rechace la postura de la empresa y justifique un mayor cobro de impuestos.
Si requieres orientación mas personalizada, contáctanos, estamos para servirte.

Marzo 24, 2022

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *