Hoy en día las Autoridades Fiscales llevan a cabo diversas acciones recaudatorias para revisar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, es decir, que la acciones logren que la empresa pague más allá de lo previamente declarado; existen diversos tipos de acciones como son: las invitaciones a la autocorrección, el requerimiento de información, las revisiones electrónicas y las auditorías a la contabilidad, que son acciones utilizadas para justificar un mayor cobro de impuestos.
La percepción de incumplimiento se detona generalmente por la información declarada y la interpretación sesgada que muchas veces la Autoridad Fiscal hace sobre la información; aunque existen disposiciones sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales, que indican como integrar las bases de tributación para el pago de impuesto, en ocasiones, la presentación errónea o la lectura inadecuada de la información declarada, incrementan las sospechas de la Autoridad Fiscal de un incumplimiento.
Dependiendo cada caso, en general recomendamos atender estas acciones considerando lo siguiente:
- Comparar la información utilizada por la Autoridad para determinar sus diferencias, contra la información contable y documentación comprobatoria de la empresa.
- Validar que la información declarada es correcta y se muestra adecuadamente en declaraciones, de acuerdo con las disposiciones fiscales.
- Estimar, en todo caso, el monto del adeudo fiscal a pagar aun y cuando no procedan las diferencias determinadas por la Autoridad Fiscal.
- Pronosticar alternativas de solución ante una posible controversia, en caso de que el monto de las diferencias a pagar sea representativo para la empresa, fijando una postura para resolver la situación.
- Presentar complementarias, en caso de que la empresa decida corregir algunos errores en la información declarada.
- Elaborar contestación manifestando los hechos y derechos legales de la empresa, sobre lo declarado y sus complementarias, aportando la evidencia documental que al caso corresponda.
Las anteriores recomendaciones son generales y deben ajustarse según la naturaleza de la situación, sin embargo, en caso de auditorías se recomienda la asistencia legal en la preparación de contestación y la aportación de pruebas a la Autoridad, ya que existe la posibilidad de no admitirse los argumentos y pruebas no aportados en el momento oportuno, así mismo, una inadecuada preparación de la contestación y pruebas, puede dejar espacios amplios para que la Autoridad rechace la postura de la empresa y justifique un mayor cobro de impuestos.
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Marzo 24, 2022